34 research outputs found

    Ser y deber ser como fundamento de las críticas de Bruno Leoni a Hans Kelsen

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    Este artículo presenta y contrapone las teorías del dere­cho de los juristas Bruno Leoni y Hans Kelsen, quienes pertenecen a diferentes corrientes jurídico-filosóficas. De esta manera, se reco­gen y sistematizan los cuestionamientos que el primero realizó al segundo. Así, se aborda la pregunta por el fundamento de sus críti­cas y se presentan los argumentos que permiten concluir que dicho fundamento es la distinción que Kelsen realizó entre el mundo del ser y el del deber ser

    Noticias de libros

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    Un siglo de filosofía del Derecho en Turín: 1872-1972

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    Publicad

    El Derecho contra sí mismo. Un diálogo con Massimo La Torre

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    This contribution is a dialogue among different legal philosophers about “Il Diritto Contro se Stesso. Saggio sul Positivismo Giuridico e la sua Crisi”, the latest book of Professor Massimo La Torre. Taking the work of this author, the participants reflected and argued on central topics for the theory and philosophy of law: What is the nature of law? Is legal reasoning eminently moral reasoning? What is the place that legal practice should occupy in the conceptualization of law? What place does force occupy in the law?La presente contribución recoge el diálogo mantenido entre distintos filósofos del Derecho a propósito de la última obra del Profesor Massimo La Torre “Il diritto contro se stesso. Saggio sul positivismo giuridico e la sua crisi”. Al hilo del trabajo del citado autor, los participantes reflexionan sobre preguntas centrales para la teoría y filosofía del Derecho contemporánea: ¿cuál es la naturaleza del Derecho? ¿es el razonamiento jurídico eminentemente moral? ¿qué lugar debe ocupar la práctica jurídica en su conceptualización? ¿qué lugar ocupa la fuerza en el Derecho

    Il capitalismo come filosofia politica e giuridica nell’opera di Ayn Rand

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    El presente trabajo analiza íntegramente el objetivismo como filosofía sistemática, prestando especial atención a su vertiente política y jurídica. A tal efecto, se profundiza exhaustivamente en los autores que ejercen influencia filosófica significativa sobre Ayn Rand y se determina en cada caso la entidad del impacto. Se explora igualmente la interrelación entre el cuerpo teórico objetivista, la persona de Rand y sus circunstancias históricas, políticas, sociales y culturales. Con todo ello se pone de relieve la efectiva relevancia del objetivismo como filosofía y se prepara el terreno a la satisfacción de un objetivo último: su sometimiento a crítica.This work extensively analyzes Ayn Rand’s Objectivism as a systematic philosophy, devoting particular attention to its political and legal-philosophical aspects. To that effect it delves exhaustively into those authors who exerted significant philosophical influence on Ayn Rand. It further endeavors to determine the extent of such influence. The interface between the Objectivist theoretical body, Rand’s life and personality, and her historical, political, social, and cultural circumstances, is also examined. The actual relevance of Objectivism as a philosophy is thereby emphasized, and its tenets are critically assessed

    Direito, Justiça e Democracia em uma Ordem Liberal Segundo F. A. Hayek

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    No presente trabalho, visa-se a discutir a concepção de direito, justiça e democracia em uma ordem liberal para F. A. Hayek. Utiliza-se de metodologia exploratória através de revisão bibliográfica que se concentra, principalmente, na obra hayekiana Direito, Legislação e Liberdade. Destacar-se-ão as noções de normas de conduta justa, de descobrimento das leis e o papel do juiz, de justiça associal e de demarquia como um retorno ao ideal democrático. O objetivo de Hayek era evitar que as sociedades ocidentais adentrassem o caminho da servidão. Porém, a relação entre direito, democracia e justiça em Hayek levantam questões e críticas importantes, a saber, a liberdade e a justiça são concebidas apenas em seu sentido negativo, a democracia é entendida apenas nos sentidos formal e procedimental, e ao juiz é atribuído o dever de assumir um papel de Hércules no descobrimento da norma mais adequada aos casos concretos

    Ser y deber ser como fundamento de las críticas de Bruno Leoni a Hans Kelsen

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    Una historia de desconfianza : el precedente constitucional a través del análisis cultural de derecho

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    Imagine un sistema legal en el que se reconozca que la jurisprudencia constitucional es fuente de Derecho y que como tal, debe ser respetada no solo por todos los jueces, sino por todos los funcionarios y órganos del Estado. Imagine además, que en este sistema legal la corte que emite los precedentes cuenta con la potestad de seleccionar qué sentencias merecen el carácter de precedentes vinculantes y cuáles no. Por si fuera poco, dicho sistema legal, preocupado por generar seguridad jurídica al milímetro, concibe la parte vinculante del precedente como un instrumento que se expresa bajo la fórmula de una regla claramente delimitada, elegida por la misma corte que dicta el precedente. Los mecanismos para hacer cumplir el precedente constitucional de este sistema legal son muy rígidos y por lo tanto eficaces. No solo se conmina a los jueces a seguir cabalmente las reglas generales que contienen la parte vinculante del precedente constitucional, sino que se castiga con nulidad a las sentencias que, habiendo adquirido carácter de cosa juzgada, no siguieron el contenido vinculante del precedente. Incluso, se han establecido normas administrativas de sanción dirigidas a aquellos jueces que desobedecen el precedente constitucional, que pueden conducir a la destitución de dichos magistrados. Imagine ahora un segundo sistema legal en el cual la discusión acerca de si la jurisprudencia es una fuente de Derecho o no, resulta irrelevante. En este segundo sistema legal los casos considerados precedentes son usados como argumentos que acompañan a las pretensiones de las partes, manteniéndose abiertos a la interpretación que el juez crea conveniente aplicar. Imagine también, que en este sistema legal un precedente es dejado de lado inmediatamente si una ley dictada por el Parlamento postula el sentido contrario de lo que dicta el precedente judicial. Respecto a las sanciones, este segundo sistema legal no cuenta con una disposición normativa que obligue a los jueces a fundamentar con razones claras y prolijas las sentencias que expiden. Por supuesto, en este sistema legal tampoco se conoce de ninguna norma administrativa que sancione –y menos destituya- a ningún juez por no seguir un precedente específico, ni siquiera el de la Corte Suprema.Tesi
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